Se cumplirá del lunes 4 al viernes 29 de enero computándose a cuenta de la Licencia Anual Ordinaria.
El mencionado período será considerado inhábil administrativo, con suspensión de plazos procesales.
Asimismo, cada Secretaría de Rectorado establecerá los servicios de atención ineludibles y los agentes que los prestarán en carácter de guardia.
11 de diciembre de 2009
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